Después de una audiencia de casi 8 horas, el juez 59 penal municipal de Bogotá consideró válido y conforme el procedimiento, aunque la defensa apeló.
El desenlace de la audiencia fue prolongado y laborioso, debido a que Poulos pidió que se le tradujera en simultáneo lo que el juez profería.
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El juez estableció que los procedimientos de captura se hicieron efectivos a su llegada de Panamá, y no al ser detenido en ese país, diciendo que esa detención migratoria era un procedimiento administrativo ajeno al proceso en Colombia y descartando que se hubiera vencido el término de 36 horas que establece la ley para que fuera presentado ante un juez de garantías.
Asimismo, reconoció como apropiada la manera en que fue privado de la libertad, negando que no se le hubieran hecho todos los procedimientos en español y en inglés. También confirmó que los funcionarios que ejecutaron la orden de captura estaban facultados para obrar de la manera en que lo hicieron, negando las objeciones de la defensa en ese sentido.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, el juez determinó “impartir control posterior de legalidad al procedimiento de captura” de John Poulos.
Sobre lo único que evitó pronunciarse fue sobre la legalidad de las pertenencias que le fueron encontradas al hombre como material probatorio, indicando que no es competencia de un juez de control de garantías.
Defensa de John Poulos apeló legalización de captura
Una vez comunicada la decisión, el abogado del estadounidense confirmó que apela la legalización, mas no la decisión de no convalidar sus pertenencias como pruebas.
Entre sus argumentos, el letrado reiteró sus dudas sobre el tiempo transcurrido entre la detención y la captura e insistió en hablar de la seguridad de su prohijado, asegurando sentirse vulnerable mientras se adelanta su proceso.
Fiscalía, representación de víctimas y Procuraduría coincidieron en pedir el rechazo de la apelación, como efectivamente sucedió.
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Durante la audiencia, el apoderado de Poulos expuso varios argumentos para pedir la nulidad de la captura, como el tiempo transcurrido entre su detención en Panamá y la legalización de la misma al aterrizar en Bogotá, algunas pertenencias de las que el hombre dice haber sido privado y de la falta de abogados y traductores durante el proceso, entre otras cosas.
En algún momento también se temió que problemas de traducción pudieran derivar en un pedido de nulidad del proceso, pero la defensa de la familia de la víctima se percató a tiempo y se comenzó a hacer la traducción periódica.
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