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domingo, 13 octubre, 2024

    CNE Investiga la presunta zonificación irregular en 10 municipios del Magdalena

    En total, 95 municipios de 12 departamentos se encuentran en la mira del Consejo Nacional Electoral.

    CNE Investiga la presunta zonificación irregular en 10 municipios del Magdalena
    @CNE_COLOMBIA. / Fabiola Márquez, presidenta del Consejo Nacional Electoral.

    El Consejo Nacional Electoral (CNE) asumió de oficio la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía para los recientes procesos electorales de Congreso y Presidencia de la República, con el propósito de frenar el vicioso trasteo para la jornada del próximo 29 de octubre.

    Lea también: Reconstrucción de Providencia sigue bajo escombros: Procuraduría

    La investigación cobija los periodos comprendidos entre el 13 de marzo de 2021 al 13 de enero de 2022 para Congreso de la República; del 14 de enero de 2022 al  29 de marzo de 2022, para Presidente y Vicepresidente de la República y del que actualmente se encuentra en curso desde el 29 de octubre de 2022 y que se llevará a cabo hasta el 29 de agosto de 2023, con miras al debate electoral a celebrarse el 29 de octubre de 2023, “sin perjuicio de las investigaciones que se adelanten con respecto a las inscripciones que posterioridad se realicen”.

    La investigación abarca a 10 municipios del departamento del Magdalena: Sabanas de Ángel, Remolino, Pueblo Viejo, Plato, Pivijay, Zona Bananera, Zapayán, Tenerife, Santa Bárbara de Pinto y Sitionuevo.

    En otros departamentos las investigaciones cobijan a los siguientes municipios:

    • Amazonas. Tarapaca, La Pradera, Mirití Paraná, Las Chorrera, La Victoria, Puerto Alegría, El Encanto, Puerto Arica, Puerto Santander y Puerto Nariño.
    • Boyacá. Rondón.
    • Caquetá. Cartagena del Chairá, Puerto Rico, Valparaiso, Solita Solano, San Vicente del Caguán, San José del Fragua, Puerto Milán, Morelia y La Montañita.
    • Casanare. Samacá, Sabanalarga, Recetor, Villanueva, Trinidad, Tauramena, Tamara, San Luis de Palenque, La Solina y Hato Corozal.
    • Cauca. Santander de Quilichao.
    • Guainía. Mapiripana, La Guadalupe, Cacahual, San Felipe, Puerto Colombia, Pana Pana, Marichal Nuevo y Barranco Minas.
    • Meta. La Macarena, La Uribe, Mapiripán, Mesetas, Puerto Concordia, Puerto Lleras, Puerto Rico, Vista Hermosa, El Dorado y Acacías.
    • Putumayo. Puerto Asís, Puerto Leguízamo, Colón, San Francisco, Santiago, San Miguel (La Dorada), Sibundoy, Orito, Puerto Guzmán, Puerto Caicedo, Valle del Guamuéz (La Hormiga) y Villagarzón.
    • Quindío. Salento, Quimbaya, Pijao, Montenegro, La tebaida, Génova, Finlandia, Córdoba, Circasia y Calarcá.
    • Risaralda. Santuario, Santa Rosa de Cabal, Quinchía, Pueblo Rico, Mistrató, Marsella, La Virginia, La Celia, Guática y Dosquebradas.
    • Vichada. Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía,

    En desarrollo de la investigación se hará un cruce de información con las siguientes bases de datos:

    • Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales -Sisben-, administrado por el Departamento Nacional de Planeación -DNP-.
    • Sistema de seguridad Social – BDUA del Adres, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social.
    • Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS-.
    • Oficina dea Instrumentos Públicos y/o de la Superintendencia de Notariado y Registro.

    Según el CNE, frente a las medidas para contrarrestar el fenómeno de la trashumancia, la Corporación puede, mediante procedimiento breve y sumario, dejar sin efecto las inscripciones de cédulas de ciudadanía que no reúnan la condición de residencia electoral para participar en las votaciones populares del orden local.

    Estas se entienden como las que se realicen para la adopción de decisiones del orden territorial tratándose de mecanismos de participación ciudadana (referendo, revocatoria de mandato, consulta popular). Y también cuando se realicen para elegir a autoridades locales a cargos o corporación públicas de elección pública.

    En consecuencia, en concepto del CNE “frente a una posible injerencia de ciudadanos no habilitados para ejercer el derecho al voto en una determinada circunscripciòn, es necesaria la intervenciòn de esta Corporación con el fin de cumplir no sólo el mandato Constitucional de garantizar la participación ciudadana legitimidad para la toma de decisiones, sino para la eficacia del voto como manifestación libre y espontánea del poder ciudadano”.

    El CNE también precisó que subsisten procesos de inscripción de cédulas  en los periodos comprendidos entre el 13 de marzo de 2021 al 13 de enero de 2022 para Congreso de la República y del 14 de enero de 2022 al 29 de marzo de 2022 para Presidente y Vicepresidente que aun ni han sido objeto de investigación  y pronunciamiento parte de la Corporación.

    Ante ello, precisó, se hace necesario iniciar de oficio investigación administrativas en los cuestionados municipios “con el fin de garantizar los principios de celeridad y economía procesal y de esta manera propender porque las elecciones del 29 de octubre de 2023 se desarrollen bajo escenarios de plenas garantías. Así mismo, iniciar la investigación de inscripción irregular de cédulas de ciudadanía para las elecciones de autoridades locales del próximo 29 de octubre de 2023”.

    Esta nota la puede encontrar en zonacero.com

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