La Superintendencia Financiera anunció una leve disminución en el interés máximo que pueden cobrar los bancos por los créditos de consumo y ordinario.
La tasa de usura, que es el interés máximo que pueden cobrar los bancos por los créditos de consumo y ordinario, tendrá una leve disminución en el mes de febrero. Así lo confirmó la Superintendencia Financiera a través de la Resolución 0150 de 2024.
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Según la entidad, la tasa de usura para febrero se ubicará en 34.97%, lo que representa una baja de 0.01 puntos porcentuales frente a la tasa de enero, que era del 34.98%. Hay que recordar que en enero se había registrado una notable caída, retrocediendo casi tres puntos porcentuales.
La tasa de usura se calcula con base en el interés bancario corriente, que es el promedio de las tasas de interés que reportan los establecimientos de crédito cada mes. Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el interés bancario corriente se certificó en 23.31% efectivo anual, lo que significa una disminución de 1% frente al mes anterior (23.32%).
¿Qué implica la tasa de usura?
La tasa de usura es un indicador que afecta directamente el costo de los créditos que solicitan los colombianos, especialmente los que se realizan con tarjetas de crédito. Si un banco cobra una tasa de interés superior a la tasa de usura, puede ser sancionado por la Superintendencia Financiera.
La disminución de la tasa de usura implica que los bancos tendrán que ajustar sus tasas de interés a la baja, lo que beneficiaría a los usuarios que tienen deudas o quieren acceder a nuevos créditos. Sin embargo, la tasa de usura sigue siendo alta en comparación con otros países de la región, lo que refleja el alto riesgo de prestar dinero en Colombia.
La Superintendencia Financiera también certificó el interés bancario corriente para otras modalidades de crédito, tales como el crédito productivo de mayor monto, el crédito productivo rural, el crédito productivo urbano, así como el crédito popular productivo rural y urbano Estas modalidades tienen diferentes tasas de usura según el monto y el plazo del crédito.
Crédito productivo
Modalidad | Efectivo anual |
---|---|
Crédito productivo de mayor monto | 27,66% |
Crédito productivo rural | 29,34% |
Crédito productivo urbano | 36,34% |
Crédito popular productivo rural | 43,45% |
Crédito popular productivo urbano | 46,82% |
La usura es el interés máximo que una entidad bancaria puede cobrar a sus clientes en lo que respecta a un crédito de consumo y ordinario.