La funcionaria judicial libró dos órdenes de captura contra exfuncionarios del Hospital San Francisco de Asís de Quibdó por irregularidades en contratación.
El calvario de la juez municipal de garantías de Quibdó, Zulima Valencia, empezó en 2016 cuando libró dos órdenes de captura en contra de Dida Marlly Delgado y el exgerente interventor del Hospital San Francisco de Asís de Quibdó, Farid Alonso Vieira, por presuntas irregularidades en contratación. El procedimiento de captura se concretaría el 24 y 25 de febrero de ese año, de no ser porque la juez le contó a Lucelly Ledezma, su amiga, que el operativo de detención estaba listo.
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Miembros del CTI de la Fiscalía llegaron a un apartamento ubicado en Barranquilla en busca de Vieira, pero el exfuncionario ya no se encontraba en el lugar. En medio del operativo hallaron un celular en el que, según las investigaciones, el hombre sostuvo conversaciones con varias personas, entre ellas, una mujer que lo alertó sobre la orden de captura en su contra. No fue directamente Ledezma, ella solo fue el puente para revelar la información que le contó la juez.s
Valencia y Ledezma sostenían una relación de amistad desde hacía un poco más de 11 años y, por lo general, se reunían para conversar y compartir sobre sus cosas y anécdotas personales. La juez tomó la decisión de compartir la información escuetamente del proceso judicial porque Lucelly había sido coordinadora jurídica del Hospital y había trabajado con las dos personas a quienes se les libró la orden de captura.
En su decisión, el Tribunal aclaró que se tuvo en cuenta el testimonio de Ledezma en donde menciona que la juez le envió un mensaje por WhatsApp contándole acerca de la orden de captura en contra de Vieira. Además, a la mañana siguiente, según el dicho de Ledezma, la juez le llevó un CD en donde estaba guardada la audiencia en la que se libraba la orden de detención.
El Tribunal concluyó que “el actuar de la procesada (la juez) lesionó de manera efectiva el bien jurídico de la administración pública, y con ello la administración de justicia, con el simple hecho de divulgar la información reservada, lo cual, a su juicio, le envió un mensaje equivocado a la sociedad que espera justicia, consistente en que los funcionarios judiciales estarían actuando, contrariando los deberes que les asiste como administradores de justicia”.
Para el Tribunal fue claro que la juez Valencia actuó con culpabilidad porque ella como funcionaria pública comprendía que revelar información de ese tipo era una situación ilícita. Valencia, apeló su condena diciendo que el Tribunal tuvo en cuenta la versión de Ledezma, aun cuando ella no aportó como prueba ni el mensaje de WhatsApp ni el CD en el que estaba contenida la audiencia. Además, que durante su juicio tuvo versiones encontradas por lo que, a su juicio, tuvo episodios de mendacidad.
El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia y modificó la condena en contra de la juez. Dijo que lo dicho por Lucelly Ledezma merece credibilidad porque en medio de las diligencias en contra de la juez renunció a su derecho de no incriminarse. Incluso, mencionó que cambió sus versiones para proteger a la juez. “Me autoincriminé para proteger a la doctora Zulima para no hacer más gravosa la situación de WhatsApp”, explicó.
Para la Corte, el testimonio de Ledezma terminó siendo coherente y fue corroborado con otras pruebas que estuvieron en el expediente. “La declaración rendida por Lucelly Ledezma Copete fue coherente durante todo el juicio, pues mantuvo la misma versión durante la audiencia, sin caer en contradicciones y vacíos”, expuso la providencia de más de 55 páginas que modificó la condena contra la juez.
Aunque para la Corte está claro que Zulima Valencia, en su calidad de servidora pública entregó información a un tercero sobre un expediente judicial que tenía reserva, también es cierto que la responsabilidad de la fuga del exfuncionario no cae sobre su nombre.
Para la Corte, la juez no tenía como propósito hacerle saber a Ledezma sobre a orden de captura de Vieira. El alto tribunal estima que el dato fue revelado como una cuestión accidental dentro de un episodio de contexto general que Valencia le comunicó a su amiga Lucelly, porque de pronto esta última podía verse vinculada.
En ese orden, la Corte Suprema en su fallo dijo que modificaría la sentencia emitida en contra de la juez suprimiendo el agravante sobre el delito de revelación de secreto, y como su pena no fue tasada en cuanto a años de cárcel, lo que se hará efectivo es la multa económica con base en sus ingresos mensuales.
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