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lunes, 30 junio, 2025

    Cúcuta responsable por infracción de derechos de SAYCO

    oncierto “ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA” no poseía paz y salvo de SAYCO
    Foto :
    SAYCO

    Tribunal Superior confirma fallo contra municipio por no pagar uso de obras musicales en concierto 2019.

    El Tribunal Superior Del Distrito Judicial de Cúcuta Sala Civil – Familia, en sentencia del 30 de abril de 2025, confirmó una importante decisión judicial. Determinó que el municipio de San José de Cúcuta es responsable administrativa y patrimonialmente por la infracción a los derechos de autor de las obras musicales representadas por SAYCO. El caso se origina en el concierto ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA realizado en marzo de 2019. El municipio realizó el pago a un Gestor Individual denominado DINALO UPIDIR. ( Además: Ministra Justicia renuncia tras denuncias de interferencia )

    La justicia declara al municipio de Cúcuta responsable por omitir el pago a SAYCO.

    El fallo emitido por el Tribunal Superior de Cúcuta el 30 de abril confirmó la decisión tomada previamente por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Cúcuta en noviembre del año pasado (2024). Ambas instancias declararon al Municipio de San José de Cúcuta como responsable por omitir el pago a SAYCO correspondiente a los derechos de autor. El concierto ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA se realizó sin la licencia o comprobante de pago que emite SAYCO, entidad que representa legalmente las obras musicales presentadas en el evento público.

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    La voz de SAYCO ante los pagos indebidos

    Según lo expresó el Gerente de SAYCO, Cesar Ahumada, realizar pagos a gestores individuales que no poseen los derechos de autor de las obras implica un detrimento en el recaudo para los autores y socios de SAYCO. Dejan de percibir el dinero que les corresponde al utilizar sus canciones. SAYCO trabaja en una campaña de concientización. Busca que el público en general, alcaldías, gobernaciones y entes gubernamentales no permitan que terceros como DINALO-UPIDIR los engañen. Estos terceros no tienen ninguna potestad de licenciamiento para el uso de las obras que representa SAYCO.

    Esta Sentencia reafirma la legitimación que goza SAYCO por ley como Gestora Colectiva de los derechos de autor. La Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) la reconoce y autoriza legalmente. Su representación se basa en sus estatutos y contratos, y se presume la representación de sus miembros. Las alcaldías deben validar requisitos en la Ley 1493 de 2011 para autorizar espectáculos públicos. Deben revisar documentación y cumplir normativas de derechos de autor y seguridad. En este caso, el municipio de Cúcuta incurrió en error. Omitió verificar la autorización previa y expresa de SAYCO para el uso de obras en el concierto en la Plaza de Banderas.

    Fuente informativa:
    • SAYCO


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    sayco

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